Términos:
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Definición:
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Acción
de Protección:
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Es
un recurso judicial contra hechos, actos u omisiones de
particulares, órganos o instituciones públicas o privadas que
amenacen o violen derechos colectivos o difusos del niño y del
adolescente.
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Adolescente:
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Se entiende por
adolescente, toda persona con doce años o más y menos de
dieciocho años de edad.
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Amenaza:
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Atentado
contra la libertad seguridad de las personas. Consiste en dar a
entender, con actos o palabras, que se quiere hacer algún mal a
otro.
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Comités
de Protección Social de Niños, Niñas y Adolescentes (CPSNNA):
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Es
una unidad de trabajo que forma parte de los Consejos Comunales y
funciona para enfrentar y resolver en primera instancia la
problemática que se plantea en la familia con los niños, niñas
y adolescentes. Esto viene en la corresponsabilidad señalada en
la LOPNNA con respeco a la participación de las comunidades.
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Consejo:
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Junta
reunión de personas que se reúnen para deliberar sobre un asunto
de
interés, y a los cuerpos consultivos y de asesoramiento creado
por los gobiernos.
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Consejos
de Protección del Niños, Niñas y Adolescentes (CPNNA):
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Es
un órgano administrativo que en cada municipio se encarga de
garantizar y restituir los derechos de los niños, niñas y
adolescentes individualmente considerados, en el caso en que
exista una amenaza o una vulneración. Forman parte de la
estructura administrativa y presupuestaria de las alcaldías, pero
ejerciendo plena autonomía en el ejercicio de sus atribuciones.
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Consejos
Municipales de Derechos del Niño, Niña y Adolescente (CMDNNA):
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Es
una institución de naturaleza pública, deliberativa, consultiva
y contralora, que se encarga, dentro del ámbito municipal, de
velar por el cumplimiento de los derechos colectivos y difusos de
los Niños, Niñas y Adolescentes, consagrados en la LOPNNA.
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Convención:
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Acuerdo
vinculante entre Estados; se usa como sinónimo de
Tratado
y Pacto. Las convenciones tienen mayor fuerza que las
Declaraciones porque vinculan legalmente a los gobiernos que las
firman.
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Convención
Internacional de los Derechos del Niño (CIDN):
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Forma
parte de los instrumentos internacionales jurídicamente
vinculantes que garantizan y protegen los Derechos Humanos. El
objetivo de la Convención, es proteger los derechos de todos los
niños del mundo. La
Convención es el primer instrumento internacional jurídicamente
vinculante de la protección de los Derechos del Niño.
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Defensoría:
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Servicio
que busca promover y defender los derechos del niño y adolescente
a través de la atención y orientación jurídica, impulsando
conciliaciones y acuerdos que generan obligaciones para las partes
involucradas: familias y organismos.
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Derechos:
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Conjunto
de reglas establecidas para regir las relaciones de los
hombres
en sociedad.
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Derechos
del Niño:
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Son
un conjunto de normas de derecho
internacional
que protegen a las personas hasta determinada edad. Todos y cada
uno de los derechos de la infancia son inalienables e
irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o
desconocerlos bajo ninguna circunstancia.
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Derechos
Humanos:
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Son
atributos inherentes a toda persona humana por su sola condición
de serlo. Son universales, irrenunciables, indivisibles,
imprescriptibles y jurídicamente exigibles.
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Desarrollo
integral:
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Proceso
de cambio evolutivo determinado por múltiples factores, que se
expresa en manifestaciones corporales, psicológicas y sociales
que varían a lo largo del tiempo posibilitando la integración y
diferenciación del ser humano.
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Educación:
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El
proceso bi-direccional mediante el cual se transmiten
conocimientos, valores, costumbres y formas de actuar.
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Familia:
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Es
la base de la sociedad, es el núcleo donde se constituye la
formación de
la personalidad de cada uno de sus miembros.
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Garantía:
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Conjunto
de medios o mecanismos que se reconocen a las partes
para
oponerse a las pretensiones ilegales o injustificadas de la otra
parte en el proceso, con los cuales se busca garantizar la
imparcialidad del juzgador y la justa y rápida solución de las
controversias.
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Infancia:
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Se
denomina infancia al período de la vida de una persona que
finaliza a los 7 años aproximadamente, cuando está por ingresa
en el siguiente llamado
pubertad. A
la infancia se la considera el momento clave en la vida de
cualquier ser humano ya que es allí donde se conforman los
soportes afectivos e intelectuales de la persona.
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Jurisdicción
Especial:
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Tribunal de
Protección del Niño y del Adolescente que es un Órgano
Jurisdiccional especializado para conocer de todos los asuntos que
afectan directamente la vida civil de estos niños y adolescentes
de manera exclusiva y excluyente.
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Ley:
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Es
la norma del derecho dictada, promulgada y sancionada por la
autoridad pública, aun sin el consentimiento de los individuos y
que tiene como finalidad el encauzamiento de la actividad social
hacia el bien común.
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Ley
Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
(LOPNNA):
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Es
una ley orgánica cuyo objeto es el ejercicio y el disfrute pleno
y efectivo de sus derechos y garantías de los niños, niñas y
adolescentes, a través de la protección integral que el Estado,
la sociedad y la familia deben brindarles desde el momento de su
concepción. Su última reforma fue publicada en Gaceta
Oficial Nº 5.859 Extraordinario del 10 de diciembre de 2007.
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Maltrato:
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Consideramos
cualquier acción u omisión, no accidental, por part e de
los
padres o cuidadores que compromete la satisfacción de las
necesidades básicas del menor.
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Medidas
de Protección:
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Son
aquellas que impone la autoridad
competente cuando se produce en perjuicio de uno o varios niños,
niñas
y
adolescentes individualmente considerados, la amenaza o violación
de sus derechos o garantías, con el objeto de preservarlos o
restituirlos.
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Necesidad:
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Estado
carencial objetivo, provocado por una privación en relación
con lo
que es necesario o simplemente útil para el desarrollo de un
individuo.
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Niño
(a):
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Se entiende por
niño, niña toda persona con menos de doce años de edad.
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Programas:
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El
programa o proyecto es el plan desarrollado por personas
naturales,
jurídicas o entidades de atención, con el objeto de proteger,
atender, capacitar, fortalecer los vínculos familiares, lograr la
inserción social, entre otros, dirigidos a garantizar los
derechos de los niños, niñas y adolescentes.
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Protección.
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Conjunto
de las medidas empleadas por el sistema protector. Movimiento a
favor de los niños niñas y adolescentes dirigido a su defensa y
ayuda de éstos.
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Sujeto
de derechos:
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personas
(individuales o colectivas) titulares de derechos o deberes
fundamentales.
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Violación:
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Quebrantamiento
de la ley.
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Violencia:
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Es
el tipo de interacción humana que se manifiesta en aquellas
conductas
o situaciones que, de forma deliberada, provocan, o amenazan con
hacerlo, un daño o sometimiento grave (físico, sexual o
psicológico) a un individuo o una colectividad.
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domingo, 7 de junio de 2015
Conceptos y términos relacionados con los Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes.
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